sábado, 18 de febrero de 2012

Urbanismo de La Laguna tramitó 72 solicitudes de primera ocupación de vivienda entre mayo y diciembre de 2011

El nuevo procedimiento, denominado Primera Utilización y Ocupación por Declaración Responsable, que entró en vigor el 12 de mayo del año pasado, es más rápido que la anterior cédula de habitabilidad puesto que permite al ciudadano la ocupación de su vivienda de forma inmediata a la presentación de la documentación, evitando así tiempos de espera.

El concejal de Urbanismo, Juan Manuel Bethencourt, subraya que “este trámite administrativo acelera de forma notable la obtención del documento válido para acreditar la primera utilidad y ocupación de las edificaciones, garantizando que la vivienda es habitable, y con las correspondientes comprobaciones técnicas a posteriori, por lo que nos permite seguir mejorando en tiempos de respuesta y en eficacia ”.

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna ha tramitado ya un total de 72 solicitudes de Primera Utilización y Ocupación por Declaración Responsable, desde que este procedimiento se pusiera en marcha el 12 de mayo de 2011 hasta finales del pasado mes de diciembre. Se trata de un mecanismo abreviado que, al igual que ocurre con las licencias de obra menor, permite al interesado de forma inmediata, en el momento mismo de la puesta en conocimiento y a través de la citada declaración responsable, la primera ocupación y contratación de los suministros necesarios para habitar las viviendas. 

El procedimiento es, por tanto, más rápido que el de la anterior cédula de habitabilidad, constituye el trámite previo a la entrega final de las viviendas y habilita a su propietario para el contrato definitivo de los suministros. En concreto, 12 de estas declaraciones responsables se tramitaron en el casco histórico de la ciudad, mientras que las 60 restantes se corresponden con el resto del municipio. 

Se trata, en definitiva, de una nueva forma de intervención de la Administración pública mediante el cual se realiza un mecanismo de control a posteriori. Así, el expediente de Primera Utilización y Ocupación por Declaración Responsable evita el tiempo de espera y sustituye al trámite anterior de Licencia de Primera Ocupación por acto notificado y la correspondiente cédula de habitabilidad, excepto en el caso de las viviendas que no son de nueva construcción y carecen de cédula, cuyos propietarios deberán seguir realizando los trámites para obtenerla, a través del anexo 2 del decreto 11/2006. 

El concejal de Urbanismo, Juan Manuel Bethencourt, ha subrayado que “este procedimiento abreviado acelera de forma notable la obtención del documento válido para acreditar la primera utilidad y ocupación de las edificaciones que constituyen el trámite previo a la entrega final de una vivienda, por lo que seguimos mejorando en tiempos de respuesta y en eficacia”. 

“Este procedimiento, añade el edil, “garantiza que la vivienda es habitable y que sus instalaciones son aptas para su uso, es decir, que se trata de un documento que constata que la obra reúne las condiciones de solidez estructural, salubridad y usos imprescindibles para su habitabilidad, lo que irá acompañado de las necesarias comprobaciones técnicas a posteriori”. 

Cabe destacar que es la Ley 7/2011 de 05 de abril de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos y otras Medidas Administrativas Complementarias la que, en su disposición sexta elimina la sujeción a la licencia de la primera utilización y ocupación, añadiendo un artículo en el que refiere que la primera utilización y ocupación de edificaciones e instalaciones en general deberán ser precedidas por una declaración responsable presentada por el titular del derecho en el ayuntamiento correspondiente. 

Trámites para la Declaración Responsable 

Las solicitudes para el procedimiento de Primera Utilización por Declaración Responsable se realizarán en un impreso normalizado y deberán contener distintos requisitos, tales como los datos de licencia de obra o, en su caso, la autorización de proyecto modificado con su correspondiente número de expediente. Con este permiso, el propietario de la vivienda puede solicitar ya los habituales contratos de suministros sin necesidad de cédula de habitabilidad. Posteriormente, los inspectores de Urbanismo se encargan de realizar las correspondientes visitas de comprobación. 

En los documentos que han de entregarse se hará constar también los datos de identificación y domicilio del titular de la licencia y los datos de los técnicos directores de obra que suscriben el o los certificados finales de obra y domicilio de los mismos a efecto de notificaciones 

Además, a la documentación presentada se deberá adjuntar necesariamente copia del impreso de la autoliquidación de la tasa y el impuesto correspondiente, así como la documentación que se requiere en el impreso de solicitud. 

Cabe recordar que estos trámites pueden realizarse a través del portal web de la Gerencia de Urbanismo, www.gerenciaurbanismo.com, y que los ciudadanos pueden, además, descargar los impresos desde este sitio web. 

Nota de prensa Ayuntamiento de La Laguna

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