miércoles, 28 de marzo de 2012

La Audiencia de Cuentas responde al Ayuntamiento de La Oliva que “las cuentas de una administración no son embargables”

El Juzgado Nº1 de Puerto del Rosario decretó un embargo de 424.000 euros a favor de Oliva Oceánidas.

El Ayuntamiento, que recurrió el embargo, ha remitido el informe al Juzgado de Puerto del Rosario.

El embargo se decretó tras la sentencia que obliga a la corporación a devolver 4 millones de euros.

La Audiencia de Cuentas de Canarias ha emitido un informe, a petición del Ayuntamiento de La Oliva, en el que concluye que “no son embargables las cuentas corrientes de una administración local, independientemente del origen presupuestario de dichos ingresos afectados o no afectados”. 

El informe fue solicitado por la corporación a raíz del embargo de tres cuentas municipales, por un importe de 424.000 euros, decretado por el Juzgado Número 1 de Puerto del Rosario para dar cumplimiento de la sentencia que obliga al Ayuntamiento a abonar 3.900.000 euros a la empresa “Oliva Oceánidas”. Tres millones corresponden al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras que ingresó dicha empresa para ejecutar unas 6.000 camas y un campo de golf de 18 hoyos en El Cotillo y 90.000 euros de intereses. Proyecto que no se pudo ejecutar por la anulación del plan parcial. 

El Ayuntamiento de La Oliva solicitó el amparo a la Audiencia de Cuentas de Canarias para que sus cuentas no fuesen embargadas por sentencias judiciales que podían poner en peligro los servicios básicos de obligado cumplimiento. El pleno de la corporación norteña aprobó el pasado día 31 de octubre solicitar a la citada institución un informe para que se pronunciase sobre la procedencia la inembargabilidad de las cuentas de las corporaciones locales. 

Nota de prensa Ayuntamiento de La Oliva

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