1.- El presupuesto municipal debe cumplir con los principios de: “Especialidad” que destaca la necesidad de utilizar los créditos para su finalidad específica y el de “universalidad” que obliga a que todos los gastos e ingresos deben figurar en el presupuesto. Este presupuesto no cumple con ambos principios, ya que se detectan “bolsas de dinero innominadas” en distintas partidas y capítulos (capítulo 2 de Administración General de Servicios Sociales y del mismo capítulo en la Concejalía de Fomento del Empleo).
2º.- No figura en el expediente de la plantilla de personal el acta de la mesa general donde se haya negociado, o al menos, comunicado a los sindicatos la situación en la que queda la plantilla (amortizaciones, creación de plazas, etc.) antes de la de la aprobación de la misma, por el pleno municipal. En los últimos años distintos Tribunales Superiores de Justicia e incluso el Tribunal Supremo ha resuelto la anulación de diversos presupuestos municipales por considerar un motivo de nulidad absoluta, la omisión de la negociación de la plantilla con los sindicatos.
3º.- Según el art. 90 de la LBRL 7/1985 “la plantilla deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados para el personal laboral, funcionarial y eventual”. Sin embargo en el expediente plenario de la plantilla de personal no se recoge el documento con los puestos de trabajo que son ocupados por el personal eventual.
4º.- En base a lo establecido en los artículos 162 y siguientes, de TRLHL y la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, el presupuesto municipal debe cumplir, entre otros, con el que establece que los presupuestos deben contener información suficiente y adecuada para verificar el cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria.
El presupuesto del ayuntamiento de Ingenio ha presupuestado en ingresos por debajo de lo previsto desde el año 2008 por parte de la recaudación de este ayuntamiento. Ello se verifica, entre otros, en el documento de la Liquidación de 2010 (informe de intervención del 27 de abril de 2011) donde el interventor recoge en el estado de ejecución del presupuesto de ingresos de 2010 en las previsiones definitivas una recaudación superior a la actual. Ante estos números es imposible de entender la caída de los ingresos estimada en 571.860,10 estimada para el año 2012 teniendo en cuenta, como dijimos antes, que la evolución en la recaudación del ayuntamiento de Ingenio ha sido prácticamente la misma y no habiendo ninguna circunstancia extraordinaria que conste en el informe que justifique este descenso.
5º.- La Constitución Española en su art. 9 recoge el deber de los poderes públicos de promover las condiciones necesarias para que los ciudadanos participen en la vida política, económica, cultural y social del país. Este presupuesto, obvia por completo este principio excluyendo totalmente a los colectivos de la villa de ingenio y reduciendo, por tanto, la actividad municipal a lo que sea llevado a cabo por el ayuntamiento. Por este motivo, el PSOE exige que se incorporen a este presupuesto a los colectivos que se han excluido del mismo y que figuraban en el del año 2011 ( atenea, aseinca, aviti, etc) así como que se reestablezca, a los colectivos tanto culturales como deportivos, como mínimo, la partida que tenían el año anterior que asciende justamente al doble de lo que se les ha asignado este año y así, garantizar, la continuidad de la tradición popular representada en todos los colectivos de este municipio.
Nota de prensa PSOE Ingenio
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